Movimiento en Defensa del Medio Ambiente
Personalidad Jurídica 199
De nuestra consideración:
El proyecto Barrancones de la empresa Suez-energy es arbitrario e ilegal, violando diferentes garantías constitucionales. De realizarse el proyecto se presentarán efectos adversos significativos sobre la calidad de aguas marinas y, por ende, sobre las especies hidrobiológicas y biodiversidad que en ella habitan.
Existen altos riesgos a la salud de personas con motivo de las emisiones tóxicas de la quema de carbón.
El Consejo Directivo de Ministros de
Este documento constituye una pauta obligatoria para
El Mensaje Presidencial de
El proyecto Barrancones no es aceptable para la comunidad y diferentes organizaciones de pescadores impugnaron la solicitud de la concesión marítima de la empresa Suez-energy.
Opinamos que el objetivo del Mensaje Presidencial es el mejoramiento equitativo de la calidad de vida de la gente de la comuna
Señalamos que es responsabilidad del Estado la protección de los derechos constitucionales respecto salud y calidad de vida, una tarea aún no adecuadamente sistematizada. Faltando en consecuencia esfuerzos significativos destinados a contar con parámetros claros, vigentes, eficaces y eficientes, que aseguran su real aplicación en esta comuna
Reiteramos la falta de racionalidad en las conclusiones del informe de
Denunciamos que el proyecto es evaluado sin ordenamiento territorial, en un contexto de vacío normativo, no hay normativo para material fino particulado y no se ha mejorado la de material grueso, ni las emisiones de SO2, NOx ni de metales pesados.
El proyecto Barrancones empeora la imagen ambiental y credibilidad internacional de Chile. Se desestima sistemáticamente actividades sustentables de agricultores, pescadores y pone en peligro la salud de la población por una Ley del Medio Ambiente demasiado deficiente.
Para terminar señalamos que en términos generales el concepto de biodiversidad y pérdida de calidad de vida no se incorpora como un criterio específico en el SEIA y queda subsumido bajo los conceptos de agua, aire, suelo, flora y fauna, los cuales son tratados en forma separada dentro del EIA.
Atentamente, Directiva Modema Los Choros, 22 de Enero 2009


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